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10 de octubre de 2010

Como algunos tratan de aprovechar el clima artificialmente creado contra la Sala IV –luego seguirá la Contraloría, la Defensoría y todo lo que les dificulte su intención autoritaria–, es bueno examinar sus argumentos. Sí debe quedar constancia de que es necesario evaluarla y madurar reformas bien pensadas, que no debiliten la defensa de los derechos civiles y libertades individuales en favor de ese monstruo que es el Estado y que, por inoperante, ineficiente y corrupto, ya no llega ni siquiera a la condición de ogro filantrópico.

Se dice que prohibió los retenes policiales, salvo si se realizan bajo los términos y condiciones establecidas por la Constitución y las leyes.

¿Se quería que la Sala, violando su mandato, ignorara las violaciones, en nombre de la seguridad?

Costa Rica acaba de protestar por la Ley contra los inmigrantes de Arizona, porque la Policía puede detener a cualquiera, no más sea por su apariencia, para ver si es un odiado ilegal. “Es una violación de derechos humanos”, dijimos a nivel mundial. ¿Pero aquí dentro, con los retenes, sí se podría detener a cualquiera, sin motivo alguno y ni siquiera porque tenga apariencia de narco, o delincuente? Un doble rasero que muestra que para cierta gente los DD. HH. no son universales.

También se afirma que, a pesar de la urgencia y bondad de la concesión muellera en Limón, la Sala cometió “el horror” de revocar lo hecho y fallar conforme a lo establecido por el Código de Trabajo, la Convención –que es ley entre las partes– y los acuerdos de la OIT. Es decir, se le reclama a la Sala que no aplicó el criterio de que el fin justifica los medios y que las violaciones a las leyes y garantías –y por ahí el Estado de derecho–, están muy bien, siempre que beneficien a quienes tienen el poder fáctico para imponer su criterio. Siempre me he preguntado: ¿los sindicatos limonenses negociaron consigo mismos o lo hicieron con una parte patronal? ¿Cuál fue esta, de qué partidos y en qué momentos y cómo responden a esa piñata que alguna contraprestación tiene que haber tenido?

En fin, objetan que le dio órdenes a la Asamblea para que legislara, porque el no hacerlo perjudicaba seriamente derechos ciudadanos. ¿Ya se les olvidó la Ley del referéndum, que esperando a la Asamblea aún hoy no tendríamos? A propósito de referéndum, se le reclama también que no aprobó uno sobre las uniones gais. ¿Cómo iba a aprobarlo si eso ponía en manos de una mayoría contraria los derechos humanos de una minoría discriminada y hasta odiada?

Reforma a la Sala IV sí. Pero no en contra de ella, como quieren algunos, sino a su favor: para hacerla más ágil, más fuerte y con más capacidad de seguir al servicio de los derechos humanos y las libertades civiles de la ciudadanía.

Publicado en La Nación de Costa Rica el 10 de octubre del 2010.

21 de marzo de 2010

Con el repudio de senadores democrátas y republicanos moderados, las acusaciones de la ultraconservadora hija del exvicepresidente Cheney no tuvieron éxito. Demandaba el despido de siete funcionarios del Departamento de Estado, por el supuesto crimen de haber sido abogados defensores de varios presos de Guantánamo, acusados de terrorismo.

Aquí mismo es frecuente ver la furia de los amigos de las víctimas hacia los defensores del reo, contra quienes descargan su enojo y deseo de retribución por los delitos. Su función vital de garantizar la defensa del acusado –una condición sine qua non para que pueda hablarse de un Estado de derecho– se equipara con complicidad y hasta aprobación del crimen. Se olvida que hay una norma constitucional que estatuye que nadie puede ser condenado sin antes ser oído y convencido en juicio.

Por la naturaleza del delito se habla más de la Fiscalía, de las acusaciones y del fallo de los jueces y mucho menos de la labor esencial de un ente como la Defensoría Pública y del derecho inalienable de defensa. Es humano y comprensible la alta sensibilidad, el resentimiento y el enojo que agita a las personas cercanas a las víctimas. Nadie sabe cómo reaccionaría ante la pérdida de un hijo, un hermano, la pareja o los padres. La ira desatada puede llevar a un “ojo por ojo”, que es comprensible por la profundidad del dolor causado.

Pero precisamente allí es donde los caminos se separan. En un país civilizado, democrático y de derecho, es obligado no solo que sean los tribunales instituidos los que conozcan, juzguen y sentencien sobre el crimen, sino que el reo haya contado con una defensa eficaz, garante de los derechos que tienen todas las personas –hasta Hannibal Lecter del Silencio de los inocentes–, por el simple hecho de ser persona y vivir en un país respetuoso de los derechos humanos.

Es claro que esto puede conducir a situaciones indeseables y muy dolorosas. Las víctimas pueden sentirse como acusadas y nuevamente heridas. Hay ahí múltiples problemas, entre otros el de control por parte del juez.

Pero lo que no se vale es atacar al defensor y al derecho de defensa del imputado; ni insultar y agredir a quienes defienden a los reos, equiparándolos con el autor del delito, por cumplir su labor de defender derechos establecidos por la Constitución y las leyes. Tampoco es válido ver la justicia al margen de la defensa, descuidar las necesidades institucionales de la Defensoría ni valorar la Fiscalía por el número de condenas. Creer que el sistema funciona bien con fiscales y jueces, sin una Defensa Pública sólida, bien estructurada y profesionalmente valorada y respetada, es un error. En ese caso no habrá Estado de derecho, democracia, ni respeto a los derechos humanos.

Publicado en La Nación de Costa Rica el 21 de marzo de 2010.